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Planes de pensiones y mutualidades
 

APORTACIONES

Dan derecho a reducir de la base imponible, las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social y Planes de Previsión Asegurados por:

  • El propio partícipe minusválido; reducen la parte general de la base imponible en la declaración del contribuyente minusválido que realiza la aportación.
  • Personas con relación de parentesco con el minusválido en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, así como el cónyuge o quienes le tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento; reducen la parte general de la base imponible en la declaración de la persona que la realiza.

Planes de pensiones y otros sistemas de previsión social a favor de personas con grado de minusvalía igual o superior al 65%, renta 2006.

Reducciones por aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social a favor de personas con un grado de minusvalía igual o superior al 65%
  Discapacitado partícipe Cada una de las personas emparentadas con el discapacitado
Reducción anual máxima
24.250 €
8.000 € (3)
Reducción anual máxima conjunta
24.250 € (4)

(3) Independiente de la aplicable, a las aportaciones realizadas por estos contribuyentes a sus propios Planes de Pensiones y a los otros sistemas de previsión social arriba citados.
(4) Incluye las aportaciones realizadas por el propio discapacitado como las efectuadas por otras personas a su favor, teniendo prioridad en la reducción las aportaciones realizadas por el propio minusválido cuando concurran ambas.

PRESTACIONES

Prestaciones que constituyen rendimientos del trabajo y resultan reducciones aplicables especiales en el momento de la percepción de las mismas por las personas discapacitadas con grado igual o superior al 65%:

  • Prestaciones en forma de renta: reducción hasta un importe máximo de dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM para 2006: 6.707,40 euros. Límite: 13.414,80 euros).
  • Prestaciones en forma de capital: reducción del 50% de las cantidades percibidas, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación.

En el caso de que se perciban prestaciones en forma de renta y aportaciones al patrimonio protegido de personas con minusvalía, se integrarán en la base imponible del contribuyente discapacitado por el importe en que la suma de tales rendimientos exceda de dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (para 2006: 6.707,40 €. LÍMITE: 13.414,80 €).

Datos tomados de la Agencia Tributaria en su apartado sobre la discapacidad, enlace acontinuación a su página web: http//www.agenciatributaria.es

 
 
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