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Incentivos |
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| Medidas de lucha contra el fraude |
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- Como medida de lucha contra el fraude, se condiciona la obtención de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social al suministro por parte de las empresas de determinados datos (inscripción.
- En cuanto a las empresas que disfruten de bonificaciones de cuotas de Seguridad Social deberán acreditar ante el INEM el mantenimiento del derecho a la bonificación, aportando la documentación justificativa, por aplicación de determinadas normas entre ellas el Real Decreto 1445/1982 de 25 de junio, que regula diversas medidas de fomento de empleo, entre las que destaca, siquiera residualmente, los contratos bonificados de discapacitados realizados por la empresa ordinaria con anterioridad al Real Decreto 1451/1983 de 11 de mayo. Esta obligación no afecta al resto de los contratos bonificados de personas con discapacidad que han quedado excluidos del control citado.
- Igualmente, y por la relación directa sobre los incentivos que se perciban por el empresario que contrate a trabajadores discapacitados, en el ámbito de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) se consideran infracciones muy graves: obtener o disfrutar indebidamente subvenciones o ayudas de fomento del empleo o cualesquiera establecidas en programas de apoyo a la creación de empleo o formación profesional ocupacional, y la no aplicación, o la desviación en la aplicación de las ayudas económicas de fomento del empleo percibidas por los trabajadores.
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2009 - Discapnet, El portal de la discapacidad Fundación ONCE - Fondo Europeo de Desarrollo Regional - Fondo Social Europeo
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